Garantías de productos
En general, todas las indicaciones relativas al uso de los Productos y, en particular, las reglas de seguridad relacionadas con estos Productos están contenidas en el manual de usuario y las instrucciones de uso entregadas con el Producto.
Todos los Productos gozan de la garantía legal de conformidad en el Libro Segundo, Título IV, Capítulo I, del TRLGDCU) y de la garantía contra vicios ocultos (artículos 1484 y siguientes del Código Civil) que permiten al Cliente devolverlos sin cargo. Productos entregados defectuosos o no conformes.
1. Garantía legal de conformidad
Artículo 114 del TRLGDCU:
´´El vendedor está obligado a entregar al consumidor y usuario productos que sean conformes con el contrato, respondiendo frente a él de cualquier falta de conformidad que exista en el momento de la entrega del producto.``
Artículo 116 del TRLGDCU:
´´1. Salvo prueba en contrario, se entenderá que los productos son conformes con el contrato siempre que cumplan todos los requisitos que se expresan a continuación, salvo que por las circunstancias del caso alguno de ellos no resulte aplicable:
a) Se ajusten a la descripción realizada por el vendedor y posean las cualidades del producto que el vendedor haya presentado al consumidor y usuario en forma de muestra o modelo.
b) Sean aptos para los usos a que ordinariamente se destinen los productos del mismo tipo.
c) Sean aptos para cualquier uso especial requerido por el consumidor y usuario cuando lo haya puesto en conocimiento del vendedor en el momento de celebración del contrato, siempre que éste haya admitido que el producto es apto para dicho uso.
d) Presenten la calidad y prestaciones habituales de un producto del mismo tipo que el consumidor y usuario pueda fundadamente esperar, habida cuenta de la naturaleza del producto y, en su caso, de las declaraciones públicas sobre las características concretas de los productos hechas por el vendedor, el productor o su representante, en particular en la publicidad o en el etiquetado. El vendedor no quedará obligado por tales declaraciones públicas si demuestra que desconocía y no cabía razonablemente esperar que conociera la declaración en cuestión, que dicha declaración había sido corregida en el momento de celebración del contrato o que dicha declaración no pudo influir en la decisión de comprar el producto.``
Artículo 123 TRLGDCU: El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega.
Al actuar como garantía legal de conformidad, el Cliente:
- tiene un plazo de dos años a partir de la entrega del Producto para emprender acciones contra BOLLE BRANDS, vendedor;
- puede elegir entre reparar, sustituir, la rebaja del precio o la resolución del contrato, sujeto a las condiciones de costo previstas en el artículo 120 del TRLGDCU.
- está exento de acreditar la existencia de la falta de conformidad del Producto durante los 2 años siguientes a la entrega del Producto;
Como parte de la garantía legal de conformidad, BOLLE BRANDS se compromete a elección del Cliente:
- ya sea para reparar el Producto;
- sustituir el Producto por un producto idéntico en función de las existencias disponibles;
Sin embargo, de acuerdo con el artículo 119 TRLGDCU, BOLLE BRANDS no podrá proceder según la elección del Cliente si esta elección tiene un coste manifiestamente desproporcionado respecto a la otra modalidad, teniendo en cuenta el valor del bien o la importancia del defecto. A continuación, se requiere que BOLLE BRANDS proceda, a menos que esto sea imposible, según el método no elegido por el Cliente.
Si la reparación o el reemplazo del Producto se antoja imposible, al Cliente se le podrá reembolsar el precio pagado y devolver el Producto o quedarse con el Producto y se le reembolsará parte del precio, a menos que la falta de conformidad sea menor. La devolución, sustitución o reembolso del Producto se realizará sin coste alguno para el Cliente y no excluye la posible indemnización por daños y perjuicios si el Cliente tiene derecho a ello.
2. Garantía contra vicios ocultos
Artículo 1484 del Código Civil:
´´El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos.``
Artículo 123.1 del TRLGDCU:
´´1. El vendedor responde de las faltas de conformidad que se manifiesten en un plazo de dos años desde la entrega. En los productos de segunda mano, el vendedor y el consumidor y usuario podrán pactar un plazo menor, que no podrá ser inferior a un año desde la entrega. Salvo prueba en contrario, se presumirá que las faltas de conformidad que se manifiesten en los seis meses posteriores a la entrega del producto, sea éste nuevo o de segunda mano, ya existían cuando la cosa se entregó, excepto cuando esta presunción sea incompatible con la naturaleza del producto o la índole de la falta de conformidad.``
Artículo 143 del TRLGDCU:
´´Prescripción de la acción.
1. La acción de reparación de los daños y perjuicios previstos en este capítulo prescribirá a los tres años, a contar desde la fecha en que el perjudicado sufrió el perjuicio, ya sea por defecto del producto o por el daño que dicho defecto le ocasionó, siempre que se conozca al responsable de dicho perjuicio. La acción del que hubiese satisfecho la indemnización contra todos los demás responsables del daño prescribirá al año, a contar desde el día del pago de la indemnización.
2. La interrupción de la prescripción se rige por lo establecido en el Código Civil. ``
En caso de defecto oculto:
Artículo 118 TRLGDCU.
El consumidor y usuario tiene derecho a la reparación del producto, a su sustitución, a la rebaja del precio o a la resolución del contrato, de acuerdo con lo previsto en este título.``
3. Renuncia de garantía
Quedan excluidos de estas garantías los siguientes defectos:
- uso de los Productos que no esté de acuerdo con su propósito previsto,
- incumplimiento de las instrucciones de instalación, uso y mantenimiento de los Productos,
- deterioro y desgaste normal de los Productos,
- modificación de los Productos, o choque por torsión, compresión, caída o impacto anormal del Producto.
4. Implementación de garantías
Bajo las garantías de las que se beneficia el Cliente, BOLLE BRANDS se compromete, a elección del Cliente, a:
- reembolsar íntegramente el Producto
- reparar el Producto si es posible y devolverlo al Cliente en la dirección indicada por este.
El procedimiento de devolución de producto se establece en la cláusula 7.2 de estas CGV. El Cliente también debe especificar la supuesta no conformidad.